viernes, 28 de octubre de 2011

Matanza de animales ¿genocidio?

En el mundo nos encontramos dualidades muy marcadas. En todo momento vemos que, tal como decía Newton, a toda acción corresponde una reacción. El bien y el mal, la honradez y la corrupción, el amor y el odio. Éstas son dos caras de una misma moneda. No es posible la existencia de una sin la otra. En las ideas respecto al tratamiento que debe dar el hombre a los animales el panorama es el mismo: hay quienes, como el autor de estas líneas, pugna por el reconocimiento y defensa de los derechos animales, mientras que hay otros tantos que, por el contrario, al parecer disfrutan maltratando animales. Afortunadamente, mientras existamos personas que tienen la intención de proteger a estos seres, siempre habrá alguien que impida la crueldad.

A lo largo de las 2 publicaciones anteriores, he mencionado la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, por ser éste el único instrumento jurídico, tanto a nivel nacional como internacional, que de manera clara y sucinta establece las bases mínimas a las que deberá sujetarse la protección animal, sin embargo, ¿qué pasaría si esta Declaración Universal se opusiera a otro instrumento internacional? En unos minutos regresaré a este tema.

Considero oportuno, dado los recientes acontecimientos que han tenido lugar en el Distrito Federal, transcribir, nuevamente, los artículos 2, 10, 11 y 14 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales:



Artículo 2

a)      Todo animal tiene derecho al respeto.

b)      El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los Animales.

c)       Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.



Artículo 10

a)      Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b)      Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirven de Animales son incompatibles con la dignidad del Animal.

Artículo 11

Todo acto que implique la muerte de un Animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 14

a)      Los organismos de protección y salvaguarda de los Animales deben ser representados a nivel gubernamental.

b)      Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Lo anterior viene a colación porque las circunstancias que se han presentado en los últimos días en nuestro país, en específico en el Distrito Federal, así lo requieren.

En la publicación de hace una semana reprobé que el Gobernador de Aguascalientes haya declarado las corridas de toros como patrimonio cultural del estado. Ante tal noticia, manifesté que no podía entender cómo se puede declarar como patrimonio cultural el derramamiento de sangre inocente. En la misma publicación, me congratulé de la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del PRI en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal relativa a la prohibición de las corridas de toros. Si bien es cierto que en dicha publicación manifesté que la iniciativa era insuficiente, también dije que era un gran primer paso para la total abolición de esta mal llamada fiesta.

Desgraciadamente, el pasado 26 de octubre se publicó en prácticamente todos los medios escritos de la Capital de la República que el Diputado Cristian Vargas Sánchez, mejor conocido como el Dipuhooligan, se desistió de su iniciativa, por lo que solicitó a la Comisión de Gobierno del Órgano Legislativo del Distrito Federal que se retirara el turno correspondiente. ¿Cómo se llegó a esto?

El Grupo Parlamentario de del Partido Verde Ecologista de México, en conjunto con el PRI presentaron esta iniciativa ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. El artífice de la misma fue el Dip. Cristian Vargas. Como es sabido, en México y en gran parte del mundo, los intereses pecuniarios de los empresarios tienen un peso bastante importante en la política. Cuando se acerca el tiempo de que la Asamblea discutiera esta iniciativa, el señor Rafael Herrerías manifestó que la tauromaquia so prohibiría “sobre su cadáver”, incluso haciendo un llamado a los Diputados para que pensaran que la fiesta brava genera alrededor de 1200 empleos y que prohibirla generaría el cierre de una importante fuente de trabajo. Ante estas declaraciones del Sr. Herrerías, el Dip.  Cristian Vargas replicó que de esos 1,200 empleos, la mayoría son permanentes, y se asientan en los alrededores de la Plaza de Toros, por lo que bien podrías buscar un nuevo lugar donde ejercer sus oficios, señalando que, dadas las circunstancias, es más importante la dignidad animal que el reubicamiento de algunos comerciantes. Manifestó también que bajo ningún motivo se retractaría de su iniciativa.

Como bien reza un dicho “Más rápido cae un hablador que un cojo” escasos días después de estas manifestaciones, el Dip. Vargas fue invitado por el Sr. Herrerías a conocer, incluso, los ranchos ganaderos de Tlaxcala. Sobre que versó la conversación, evidentemente de la propuesta de prohibición de este “espectáculo”, lo que dijo u ofreció Herrerías, solo pocas personas lo saben. El resultado: al día siguiente, el Dip. Vargas se desistió de la Iniciativa presentada y solicitó a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que se retirara el turno que se le había asignado. Desgraciadamente, una vez más, los intereses de los particulares, de los empresarios, pudieron más que las gestiones legislativas. La generación de las leyes que la ciudad requieren y el trabajo legislativo se prostituyó a los intereses de un particular. ¿Qué tanto poder tiene el señor Rafael Herrerías? No lo sé, pero ante esta declinación no pudo sino recordar a David Silveti y el video que salió a la luz pública a los pocos días de su suicidio, ocurrido bajo circunstancias poco claras, en el que abiertamente hacía responsable a Herrerías de cualquier cosa que le pudiera suceder. Jamás se investigó este hecho, sin embargo, la duda queda.

El inciso a) del artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales establece que todo acto que implique la muerte de un gran número de animales es un genocidio, es decir, un crimen contra la especia. En este precepto legal se está tipificando la conducta de matar muchos animales como genocidio. Aquí estamos hablando de cualquier acto que implique esta matanza, no únicamente las corridas de toros. Considero que para que se pudiera considerar como genocidio, la conducta tendría que ser reiterada, como de hecho lo es. Ahora bien, al ser considerado por un cuerpo legal internacional como genocidio, se le está otorgando la calidad de crimen internacional, por lo que, de conformidad con el artículo 5 del Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional es competente para conocer este delito.

Es cierto, el delito de genocidio, según lo define el artículo 6 del mencionado Estatuto que da origen a la Corte Penal Internacional se refiere únicamente a actos cometidos en contra de seres humanos, también lo es que otro Cuerpo Normativo Internacional define la matanza de animales como genocidio, entonces, ¿qué pasa ahí? ¿Es factible que, ante la incapacidad de nuestros gobiernos de defender los derechos de los animales como manda al artículo 14 de la mencionada Declaración Universal, se pueda acudir ante instancias internacionales para pugnar por esta salvaguarda?

Hasta la fecha no se ha presentado ningún juicio ante la Corte Penal Internacional por genocidio animal, pero teniendo como precedente el artículo 12 de la multicitada Declaración Universal, sería interesante conocer la argumentación que, en dado caso, realice este órgano jurisdiccional internacional en caso de que se llegare a presentar esta situación. Mientras tanto, como defensor de los animales, creo que todavía podemos resolver este flagelo en nuestro terreno, dentro de nuestro país. Me siento muy frustrado por la cobardía de Cristian Vargas, pero estoy convencido que mientras sigamos existiendo personas que defendamos los derechos de los animales, existe la esperanza de lograr un marco jurídico completo que defienda de manera completa los derechos de los animales.



Benjamín Muñiz Alvarez Del Castillo

Twitter: @Benjamin_Muniz

viernes, 21 de octubre de 2011

La fiesta brava


¿Qué es la sangre? La sangre es un tejido fluido que circula por los capilares, venas y arterias de todos los vertebrados e invertebrados, y que tiene un color rojo característico debido a la presencia del pigmento hemoglobínico contenido en los eritrocitos. Evidentemente, la sangre es mucho más que lo manifestado en su definición científica. La sangre es el tesoro de todos los seres vivos, es por donde corre nuestra propia vida. Entonces, ¿por qué derramar la sangre sin motivo?

A finales del siglo XVIII se instauró en España las corridas de toros tal como las conocemos. Como todos sabemos, estas corridas terminan, después de tres tercios, con la muerte del toro, salvo casos excepcionales en que, ya sea el juez de plaza o el torero, conceden el indulto al animal.

Para tener una idea de la crueldad de la llamada Fiesta Brava, recordemos un poco quienes participan en ella y cuáles son sus funciones:

ü  Torero: Es la figura central de la lidia. Se le conoce como torero (a pie) o rejoneador (a caballo). Es el encargado de realizar la faena y dar muerte al toro.
ü  Picador: Es la persona que, montada a caballo, utiliza una vara larga con una punta metálica, llamada puya, para castigar al toro y producir desgarramiento de los tejidos ubicados en la cruz del toro, para evitar que el animal envista levantando la cabeza.
ü  Benderilleros: Actúan en el segundo tercio de la corrida y se encargan de colocar el par de banderillas sobre el lomo del toro.
ü  Mozo de espadas: Colabora directamente con el torero y es el encargado de ayudar al cambio de muletas, capotes y espadas.

Como ya lo mencioné, la corrida de toros consta de tres partes, siendo éstas las siguientes:

ü  Tercio de varas: Durante el tercio de varas el matador torea con el capote y el toro recibe una serie de puyazos en el morrillo (zona abultada entre la nuca y el lomo del toro) por parte del picador. El objetivo de estos puyazos es medir la bravura del toro y su disposición a la embestida, además de dosificar la fuerza del toro para facilitar la posterior labor del matador.
ü  Tercio de banderillas: Durante este tercio los banderilleros clavan sobre el lomo del toro unos adornos llamados comúnmente banderillas o rehiletes (instrumentos consistentes en una vara de madera adornado con flecos de papel de colores con un arpón en la punta).La función de dichos instrumentos es la de avivar al animal, tras el tercio de varas, por el movimiento de las mismas. De ahí el termino, menos conocido, de avivadores. Claro, el motivo real, es seguir mermando la fuerza física del toro. No me imagino a mí poder embestir con un arpón dentro de mi cuerpo, que con cada movimiento que realizó me va desgarrando por dentro. Es una barbarie.
ü  Tercio de muerte: Como su propio nombre lo dice, es el tercio donde tiene lugar el enfrentamiento (si se le puede llamar así) entre el torero y el toro. El matador realiza la faena y la suerte de muleta, y posteriormente le da muerte con el estoque.

Una vez que el matador ha demostrado su “maestría” con el toro, quien para este punto está prácticamente muerto, se prepara para terminar el trabajo, para matarlo, siendo este el momento culminante de la lidia. El matador se asegura de que la posición del toro sea la ideal para la estocada, se acerca a él, se estira por encima de los cuernos y le clava el estoque entre los omóplatos. La estocada perfecta perfora la aorta, sin embargo, muchas veces los toros mueren ahogados en virtud de que los pulmones se les llenan de sangre.

Como se puede observar, la llamada fiesta brava es un monumento a la cobardía y a la crueldad. Los toreros jamás realizan la lidia en igualdad de circunstancias. El toro siempre se encuentra mermado para cuando el torero, haciendo uso de su galantería y valentía, se enfrenta a la muerte ante una bestia de 6 toneladas. Nada más falso que esto. Si el torero se enfrentara a la muerte como tanto dicen, si el torero tuviera que lidiar con una bestia de 6 toneladas, si el torero fuera tan valiente, lo haría con el toro en óptimas condiciones, pero no, no existe el valor para hacerlo.

La fiesta brava solamente tiene como objetivo derramar la sangre de un animal (6 de hecho, incluso 8 en corridas mixtas de toreros y rejoneadores) para entretener a la ciudadanía. Muy similar a lo que sucedía en los tiempos del Imperio Romano cuando los gladiadores eran lanzados a la arena para luchar contra leones.

El artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales establece que ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre y que cualquier exhibición de animales y los espectáculos que se sirven de animales, son incompatibles con la dignidad humana.

Nuevamente hago referencia a lo manifestado en una publicación anterior, el hombre jamás duda que es, por mandato divino, señor de los animales y ha hecho uso excesivo de esa atribución. Si el lector cree la teoría creacionista, estará de acuerdo conmigo que si Dios ordeno al hombre que señoreara sobre los animales era únicamente con la finalidad de cuidarlos y velar por ellos. Desgraciadamente no lo hacemos y no solamente no lo hacemos, sino que hacemos todo lo contrario. Tenemos cada domingo un espectáculo que se aprovecha de la tortura animal, que únicamente genera heridas a un toro inocente para posteriormente matarlo. El caso del indulto no es mucho mejor, porque para cuando llega el momento de concederlo, el animal ya ha sido clavado y banderillado. Sus heridas son profundas y, en caso de sobrevivir, su existencia se verá sumamente mermada. Eso es no tener corazón.

Recordemos además lo establecido en el artículo 11 de la mencionada Declaración Universal: “Todo acto que implique la muerde de un Animal sin necesidad es biocidio, es decir, un crimen contra la vida”. Creo que, claramente, las corridas de toros se encuadran a la perfección en lo preceptuado por el artículo en comento, y aún así, no hacemos nada, por el contrario, el pasado 17 de octubre, el C. Carlos Lozano de la Torre, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes instituyó los festejos de las corridas de toros como baluarte de la cultura del estado, declarándola, a través de un decreto administrativo, Patrimonio Cultural de Aguascalientes. Indignante. ¿Cómo puede considerarse patrimonio cultural el homicidio injustificado de un animal?

No entiendo, en verdad no entiendo porque el ser humano tiene que sentirse superior a los animales a través del maltrato, del derramamiento de sangre, de la impiedad. En verdad me pregunto qué pasaría si los animales fueran los que tuvieran el control, cómo nos tratarían. Pienso yo que, en la medida en que nosotros tratemos a los animales como nos gustaría que ellos, en caso de que así fuera, nos trataran a nosotros, la violencia en contra de los animales se vería sumamente mermada.

Si bien es cierto que diputados priístas presentaron una iniciativa de ley ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal relacionada con la tauromaquia, también es cierto que la misma es por demás incompleta ya que versa, únicamente, en impedir la entrada de menores de edad a dicho espectáculo, manteniendo el sufrimiento animal intacto. Aún a pesar de ser tan somera dicha iniciativa, la misma se encuentra congelada. Los intereses empresariales que se esconden detrás de dicho espectáculo impiden cualquier acción tendiente a la protección de los animales. El dinero generado a través de este derramamiento de sangre tiene un mayor valor que la vida que se pierde. Como en muchas ocasiones, el dinero se encuentra teñido de roja sangre, sangre inocente derramada sin existir un motivo para ello.

Mi pregunta es, si en la zona catalana de España, lugar donde nació ésta deleznable práctica, ya ha sido prohibida ¿por qué no se puede concretar la prohibición en nuestro país?

En verdad requerimos dejar a un lado los intereses pecuniarios y comenzar a luchar por los derechos de los animales quienes son seres vivos, que también sienten, que también piensan, que también tienen derecho a vivir.

Termino la presente publicación transcribiendo el inciso b) del artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, con la esperanza de que su lectura nos haga reaccionar:

“Artículo 14
a)…
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.”

Benjamín Muñiz Alvarez Del Castillo
Twitter: @Benjamin_Muniz

viernes, 14 de octubre de 2011

Maltrato animal

El mundo está organizado de una manera que se puede considerar extraña. Existen zonas, como las ciudades, que son habitadas primordialmente por los seres humanos y otros como las selvas y bosques que son señoreados por toda especie de animales.
Dentro de las ciudades, campos y demás zonas habitadas por los seres humanos, se han generado una diversidad impresionante de leyes encaminadas a regular su comportamiento dentro de la sociedad, en la que se establecen de manera clara (o por lo menos así debería de ser) sus derechos y obligaciones, así como las consecuencia que conllevaría la violación a uno de los cuerpos normativos. Desgraciadamente, estas leyes no protegen a los animales, y si lo hacen, es de manera superficial e ineficiente.  Esto, evidentemente, se extrapola a los animales en estado silvestre.
Tristemente, la carencia de cuerpos legales que protejan de manera efectiva los derechos de los animales es una realidad que es imposible negar. Resulta muy fácil para el ser humano, haciendo uso de su “raciocinio” señorear indiscriminadamente sobre los demás animales. La teoría de si el hombre es un animal o no, es muy discutida, sin embargo, independientemente de que sea aceptada o no, lo cierto es que tanto animales como seres humanos coexistimos en este mundo, y por tal motivo, debemos respetarnos y cuidarnos mutuamente.
En una columna publicada por quien esto escribe el día 22 de agosto de 2011 titulada “Los animales también tienen derechos”, manifestaba que si bien es cierto que existen leyes que “salvaguardan” los derechos animales, las mismas son insuficientes y llenas de lagunas que es urgente subsanar. Hablaba, por ejemplo, de la Ley para la Protección de los Animales en el Distrito Federal y realizaba un recuento somero de cuántas violaciones se pueden generar en contra de este cuerpo normativo. En caso que el lector tenga interés en conocer la mencionada columna, pueden hacerlo a través de la página de internet http://prevencionencolores.blogspot.com/2011/08/los-animales-tambien-tienen-derechos.html
Respecto a los instrumentos internacionales que reconocen los derechos de los animales, se encuentra la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, proclamada el 15 de octubre de 1978, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés) y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Dentro del Preámbulo de la mencionada Declaración Universal, encontré tres considerandos que llamaron fuertemente mi atención. Considero que el contenido de los mismos no puede estar más apegado a la realidad, por lo que manifiesto abiertamente mi apoyo a lo que en ellos se manifiesta. Dichos considerandos son del tenor literal siguiente:
Preámbulo
Considerando que todo Animal posee derechos.
Considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los Animales.
Considerando que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los Animales.
…”
De igual manera, otro considerando manifiesta que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos de la existencia de las otras especies de Animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especias en el mundo. Es por tal motivo que nosotros, como seres humanos, quienes, según algunas teorías, somos los animales más avanzados, los que tenemos raciocinio, debemos utilizar nuestra inteligencia a favor de proteger a los más desprotegidos.
Evidente y desgraciadamente, esto no es así. Nosotros, los que en teoría somos el último eslabón en la cadena evolutiva, los que tenemos las mayores herramientas para salir adelante, para generar nuestro propio destino, somos a la vez los que más daños ocasionamos, los que más lastimamos, los que no podemos convivir en paz.
Ante esto, vienen a mi cabeza una interrogante en específico, si el ser humano no es capaz de respetar la vida y los derechos de los otros seres humanos, a quienes considera sus iguales, ¿les importará respetar los derechos de los animales a quienes, absurdamente, considera que están únicamente para su servicio y satisfacción? Es decir, si existen personas que son capaces de decapitar a más de 100 personas y dejarlas tiradas en la calle en pleno Boca del Río, Veracruz, ¿qué no le harán a los animales que no tienen los medios para protegerse?
Es necesario, en verdad de vital importancia que se genere el marco jurídico que permita la adecuada protección de los animales. Es ilógico pensar que una simple sanción administrativa va a generar un cambio de conciencia en las personas que gustan de atropellar los derechos de los animales. Ejemplificaré un poco:
El día de ayer por la noche, vi una imagen que en verdad me llenó de coraje y rabia: una fotografía subida a una famosa red social en la que se puede apreciar a dos personas sonriendo, haciendo una seña obscena y deteniendo en el aire, a través de un alambre detenido en el cuello, a un perro que se encontraba, ante esta situación, en un completo estado de indefensión Dos seres humanos del género masculino (no se le puede llamar hombre a quien no tiene el valor de respetar la vida) ahorcando a un cachorro, un pobre perro, de raza pequeña, ahorcándolo con un alambre, mientras posan sonrientes, como si se tratara de una gracia, ante una cámara fotográfica. ¿Por qué no se les ocurrió hacer su chistecito, por decir algo, con un Rotweiller adulto o un Pitbull? Ahí si  no se atreverían, ¿verdad? Claro que no, son personas que gozan de ejercer su poder en contra de los indefensos, pero que no tienen el valor de enfrentar a los que se pueden defender, eso, aquí y en cualquier parte del mundo, se llama cobardía.
Invito atentamente al lector a hacer un pequeño ejercicio de imaginación. Supongamos, por un momento, que estamos en medio de una escena dantesca de una película en la que los animales de toda raza, de toda especie, adquieren el control sobre el mundo, y nosotros, los seres humanos, nos volvemos ahora los desprotegidos. Supongamos que, a modo de venganza, los animales, una vez en el dominio total, nos trataran igual que nosotros los tratamos a ellos, ¿cómo te tratarían? ¿Estarías cuidado y protegido por tus amos o, por el contrario, serías victima de la más cruda crueldad? Evidentemente, es imposible que este escenario se produzca, pero hacer este ejercicio nos lleva a acercarnos, aunque sea un poco, al sufrimiento que día a día padecen muchos animales desprotegidos.
La Declaración Universal de los Derechos de los Animales expresa en su artículo 2 que todo Animal tiene derecho al respeto, así como que el hombre, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho, por el contrario, está obligado a poner sus conocimientos al servicio de los Animales.
Por su parte, el artículo 3 establece que ningún Animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles. Ahorcar a un perro con un alambre, ¿no es acaso, un acto de crueldad?
En lo personal, soy un hombre a quien le gustan mucho los animales, quien se siente contento de tener a un perro cerca, quien disfruta de ver un caballo, un delfín, los peces en el mar. Soy una persona que cree que los animales tienen el derecho a vivir tranquilamente, a no ser molestados por los seres humanos. Estoy consciente que existen animales de compañía, a ellos se les debe dar un trato digno por parte de sus dueños. A los animales de consumo, se les debe impedir en todo momento el sufrimiento. A los animales silvestres (no me gusta utilizar el término salvaje, porque los salvajes, en muchos casos, somos los seres humanos) se les debe dejar vivir en paz, sin invadir su entorno natural.
Es necesario terminar con la crueldad animal. Es necesario garantizar sus derechos de manera adecuada, por tal motivo, resulta urgente elevar a delito cualquier actividad humana que atente en contra de la vida e integridad física de los animales. Considerar estas conductas como faltas administrativas no solucionará jamás el problema, al contrario, ante la impunidad que impera, solamente lo agravará. Por tal motivo, hago un llamado enérgico a nuestros legisladores para hacer de este sueño una realidad.
Es de reconocer el esfuerzo realizado por diversas organizaciones civiles en pro de los derechos de los animales. En especial, aplaudo las acciones llevadas a cabo por Gente por la Defensa Animal, A.C. (GEPDA) y su Presidenta, Mónica Pineda y reitero mi apoyo para luchar juntos por ver un mundo en donde los animales puedan vivir como merecen.
Recordemos que todos los seres vivos dependemos el uno del otro. Respetar a los animales implica también respetarnos a nosotros mismos.


Benjamín Muñiz Alvarez Del Castillo
Twitter: @Benjamin_Muniz