viernes, 28 de octubre de 2011

Matanza de animales ¿genocidio?

En el mundo nos encontramos dualidades muy marcadas. En todo momento vemos que, tal como decía Newton, a toda acción corresponde una reacción. El bien y el mal, la honradez y la corrupción, el amor y el odio. Éstas son dos caras de una misma moneda. No es posible la existencia de una sin la otra. En las ideas respecto al tratamiento que debe dar el hombre a los animales el panorama es el mismo: hay quienes, como el autor de estas líneas, pugna por el reconocimiento y defensa de los derechos animales, mientras que hay otros tantos que, por el contrario, al parecer disfrutan maltratando animales. Afortunadamente, mientras existamos personas que tienen la intención de proteger a estos seres, siempre habrá alguien que impida la crueldad.

A lo largo de las 2 publicaciones anteriores, he mencionado la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, por ser éste el único instrumento jurídico, tanto a nivel nacional como internacional, que de manera clara y sucinta establece las bases mínimas a las que deberá sujetarse la protección animal, sin embargo, ¿qué pasaría si esta Declaración Universal se opusiera a otro instrumento internacional? En unos minutos regresaré a este tema.

Considero oportuno, dado los recientes acontecimientos que han tenido lugar en el Distrito Federal, transcribir, nuevamente, los artículos 2, 10, 11 y 14 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales:



Artículo 2

a)      Todo animal tiene derecho al respeto.

b)      El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los Animales.

c)       Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.



Artículo 10

a)      Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b)      Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirven de Animales son incompatibles con la dignidad del Animal.

Artículo 11

Todo acto que implique la muerte de un Animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 14

a)      Los organismos de protección y salvaguarda de los Animales deben ser representados a nivel gubernamental.

b)      Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Lo anterior viene a colación porque las circunstancias que se han presentado en los últimos días en nuestro país, en específico en el Distrito Federal, así lo requieren.

En la publicación de hace una semana reprobé que el Gobernador de Aguascalientes haya declarado las corridas de toros como patrimonio cultural del estado. Ante tal noticia, manifesté que no podía entender cómo se puede declarar como patrimonio cultural el derramamiento de sangre inocente. En la misma publicación, me congratulé de la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario del PRI en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal relativa a la prohibición de las corridas de toros. Si bien es cierto que en dicha publicación manifesté que la iniciativa era insuficiente, también dije que era un gran primer paso para la total abolición de esta mal llamada fiesta.

Desgraciadamente, el pasado 26 de octubre se publicó en prácticamente todos los medios escritos de la Capital de la República que el Diputado Cristian Vargas Sánchez, mejor conocido como el Dipuhooligan, se desistió de su iniciativa, por lo que solicitó a la Comisión de Gobierno del Órgano Legislativo del Distrito Federal que se retirara el turno correspondiente. ¿Cómo se llegó a esto?

El Grupo Parlamentario de del Partido Verde Ecologista de México, en conjunto con el PRI presentaron esta iniciativa ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. El artífice de la misma fue el Dip. Cristian Vargas. Como es sabido, en México y en gran parte del mundo, los intereses pecuniarios de los empresarios tienen un peso bastante importante en la política. Cuando se acerca el tiempo de que la Asamblea discutiera esta iniciativa, el señor Rafael Herrerías manifestó que la tauromaquia so prohibiría “sobre su cadáver”, incluso haciendo un llamado a los Diputados para que pensaran que la fiesta brava genera alrededor de 1200 empleos y que prohibirla generaría el cierre de una importante fuente de trabajo. Ante estas declaraciones del Sr. Herrerías, el Dip.  Cristian Vargas replicó que de esos 1,200 empleos, la mayoría son permanentes, y se asientan en los alrededores de la Plaza de Toros, por lo que bien podrías buscar un nuevo lugar donde ejercer sus oficios, señalando que, dadas las circunstancias, es más importante la dignidad animal que el reubicamiento de algunos comerciantes. Manifestó también que bajo ningún motivo se retractaría de su iniciativa.

Como bien reza un dicho “Más rápido cae un hablador que un cojo” escasos días después de estas manifestaciones, el Dip. Vargas fue invitado por el Sr. Herrerías a conocer, incluso, los ranchos ganaderos de Tlaxcala. Sobre que versó la conversación, evidentemente de la propuesta de prohibición de este “espectáculo”, lo que dijo u ofreció Herrerías, solo pocas personas lo saben. El resultado: al día siguiente, el Dip. Vargas se desistió de la Iniciativa presentada y solicitó a la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal que se retirara el turno que se le había asignado. Desgraciadamente, una vez más, los intereses de los particulares, de los empresarios, pudieron más que las gestiones legislativas. La generación de las leyes que la ciudad requieren y el trabajo legislativo se prostituyó a los intereses de un particular. ¿Qué tanto poder tiene el señor Rafael Herrerías? No lo sé, pero ante esta declinación no pudo sino recordar a David Silveti y el video que salió a la luz pública a los pocos días de su suicidio, ocurrido bajo circunstancias poco claras, en el que abiertamente hacía responsable a Herrerías de cualquier cosa que le pudiera suceder. Jamás se investigó este hecho, sin embargo, la duda queda.

El inciso a) del artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales establece que todo acto que implique la muerte de un gran número de animales es un genocidio, es decir, un crimen contra la especia. En este precepto legal se está tipificando la conducta de matar muchos animales como genocidio. Aquí estamos hablando de cualquier acto que implique esta matanza, no únicamente las corridas de toros. Considero que para que se pudiera considerar como genocidio, la conducta tendría que ser reiterada, como de hecho lo es. Ahora bien, al ser considerado por un cuerpo legal internacional como genocidio, se le está otorgando la calidad de crimen internacional, por lo que, de conformidad con el artículo 5 del Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional es competente para conocer este delito.

Es cierto, el delito de genocidio, según lo define el artículo 6 del mencionado Estatuto que da origen a la Corte Penal Internacional se refiere únicamente a actos cometidos en contra de seres humanos, también lo es que otro Cuerpo Normativo Internacional define la matanza de animales como genocidio, entonces, ¿qué pasa ahí? ¿Es factible que, ante la incapacidad de nuestros gobiernos de defender los derechos de los animales como manda al artículo 14 de la mencionada Declaración Universal, se pueda acudir ante instancias internacionales para pugnar por esta salvaguarda?

Hasta la fecha no se ha presentado ningún juicio ante la Corte Penal Internacional por genocidio animal, pero teniendo como precedente el artículo 12 de la multicitada Declaración Universal, sería interesante conocer la argumentación que, en dado caso, realice este órgano jurisdiccional internacional en caso de que se llegare a presentar esta situación. Mientras tanto, como defensor de los animales, creo que todavía podemos resolver este flagelo en nuestro terreno, dentro de nuestro país. Me siento muy frustrado por la cobardía de Cristian Vargas, pero estoy convencido que mientras sigamos existiendo personas que defendamos los derechos de los animales, existe la esperanza de lograr un marco jurídico completo que defienda de manera completa los derechos de los animales.



Benjamín Muñiz Alvarez Del Castillo

Twitter: @Benjamin_Muniz

3 comentarios:

  1. Creo que si lo que realmente se quiere evitar a toda costa la crueldad contra los animales debería hablarse también de negocios como las carretas de caballos aburridos que llevan turistas, los pobres burros que son forzados a cargar pesos inhumanos sobre sus lomos, las carreras de caballos pura sangre, que son anotados y sometidos a experimentos para mejorar su desempeño en las carreras y muchísimas otras actividades que son igual de dañinas para los animales. A su vez hay que pensar cuantos empleos se generan a través de estas actividades y que tan factible es eliminarlas por completo.

    Te felicito por tu intento de crear interés a estos temas, pero creo que llevarlo al grado de genocidio no le da más credibilidad a tu artículo. Sigue adelante

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  2. Fe de erratas
    Carretas de caballos desnutridos, no aburridos
    Caballos de carreras que son azotados, no anotados
    Perdón por no revisar antes de mandar.

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  3. Gracias por tus comentarios Tío, sé que hay muchas cosas en las que se tiene que poner mucha atención, pero creo que poco a poco se podrá evitar la crueldad contra los animales o, por lo menos, eso es lo que me gustaría lograr

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